Hay una escena que se repite en comunidades de propietarios:

Pasa un robo en el garaje, un acto vandálico en el portal o una incidencia en los trasteros. Se pide revisar las imágenes… y llega el golpe: no hay grabación. O la hay, pero es inútil: mala noche, fecha/hora incorrecta, cámara caída, disco duro muerto.

Y entonces aparece la gran verdad que casi nadie cuenta en la Junta:

Poner cámaras no es seguridad. Seguridad es que el sistema grabe bien, siempre, y que puedas recuperar la prueba cuando ocurre el incidente.

En este artículo desmontamos las objeciones más habituales (legalidad, privacidad, accesos…) y te damos el punto clave para decidir bien: sin un mantenimiento correcto, un CCTV se convierte en una falsa tranquilidad.

El mito que hay que romper: “Con instalar cámaras ya estamos protegidos”

Instalar un CCTV es solo el primer paso. Sin revisiones periódicas, el sistema puede fallar por causas comunes y silenciosas:

  • sigue mostrando imagen en directo, pero no graba;
  • graba, pero no conserva;
  • conserva, pero no se puede extraer cuando se necesita;
  • o graba con una calidad que no permite identificar nada.

La diferencia entre “tener cámaras” y “tener seguridad” está en una palabra: mantenimiento.

Por qué un CCTV puede dejar de grabar sin que nadie se entere

Estos son los fallos más habituales en comunidades (y los más peligrosos, porque no avisan):

1) Almacenamiento (el clásico “no hay histórico”)

  • Disco duro con sectores dañados.
  • Capacidad insuficiente (se sobrescribe antes de tiempo).
  • Grabación desactivada por error tras una intervención o reinicio.

2) Configuración y fecha/hora (cuando la prueba no cuadra)

  • Hora desajustada: la grabación existe, pero no coincide con el momento real.
  • Programaciones mal definidas: graba “a ratos” sin que nadie lo sepa.

3) Red y conectividad (sobre todo en CCTV IP)

  • Cámaras que se caen de la red.
  • Switch/routers domésticos que no soportan carga.
  • Cortes que dejan “huecos” justo en la franja crítica.

4) Imagen real (no la “bonita” en pantalla)

  • Suciedad en lente o domo (muy común en garajes).
  • Contraluces y reflejos (portales con cristal, rampas, entradas).
  • Noche deficiente: cuando más se necesita, menos se ve.

El problema no es que falle. El problema es enterarse cuando ya ha pasado algo.

El mantenimiento que sí sirve: evitar el “apagón de evidencias”

Un mantenimiento de CCTV en comunidad debe comprobar el sistema completo, no solo “si se ve la cámara”.

Checklist de mantenimiento (lo que debería revisarse)

  • Grabación real (no solo visión en directo).
  • Estado de disco duro / almacenamiento y configuración de sobrescritura.
  • Fecha/hora sincronizada.
  • Calidad de imagen día/noche y ajustes por contraluz.
  • Limpieza de ópticas y revisión de ángulos (que no se hayan movido).
  • Verificación de cámaras caídas (especialmente en IP).
  • Revisión de alimentación y protección ante cortes (según instalación).
  • Prueba de extracción de evidencias: que se pueda descargar y entregar bien.

¿Cada cuánto?

Depende del tamaño y del tipo de sistema, pero la idea es simple:

  • si el CCTV es un elemento crítico para la comunidad, no puede revisarse “cuando dé problemas”;
  • la revisión preventiva evita incidencias caras y discusiones en Junta.

Dudas típicas en reuniones de comunidades de vecinos (y cómo resolverlas sin conflictos)

Aquí es donde muchas comunidades se atascan. La clave es seguridad sin invadir privacidad.

“¿Es legal?”

Sí, siempre que se haga correctamente. La AEPD indica que para instalar cámaras en comunidades debe existir acuerdo previo de la Junta, y que las cámaras deben colocarse en zonas comunes, sin captar vía pública salvo una franja mínima imprescindible en accesos.

“¿Y quién puede ver las imágenes?”

Debe existir acceso restringido (personas designadas por la comunidad) y un uso ligado a la finalidad aprobada (seguridad). Esto reduce conflictos y evita usos indebidos.

“¿Cuánto tiempo se guardan?”

La guía de la AEPD establece como criterio general un plazo máximo de conservación de un mes, salvo supuestos justificados (por ejemplo, conservar imágenes vinculadas a un incidente).

“¿Qué mayoría hace falta para aprobarlo?”

Cuando se encuadra como servicio común de vigilancia u otros servicios comunes de interés general, la Ley de Propiedad Horizontal exige el voto favorable de tres quintas partes de propietarios y cuotas.
(Nota: cada caso puede tener matices; ante dudas, el administrador o asesor jurídico debe confirmarlo.)

Cómo elegir proveedor (criterios que evitan sustos)

Antes de contratar (o si ya tenéis CCTV y queréis aseguraros de que funciona), estas preguntas filtran rápido:

  1. ¿Incluye mantenimiento preventivo, o solo instalación?
  2. ¿Te entregan una revisión de grabación real y del almacenamiento?
  3. ¿Controlan y documentan accesos (quién ve qué y cuándo)?
  4. ¿Ajustan la imagen a la realidad (noche/contraluz/garaje), o solo “colocan cámaras”?
  5. ¿Tienen soporte para incidentes y extracción de grabaciones?
  6. ¿Trabajan con enfoque AEPD (cartelería, zonas, proporcionalidad)?

AliTeleco: tranquilidad real = instalación + mantenimiento + respuesta

En AliTeleco trabajamos con un enfoque claro: que el sistema funcione cuando importa.

  • Instalación, reparación y mantenimiento de videovigilancia CCTV en Alicante y provincia.
  • Experiencia en comunidades de propietarios y ejemplos de trabajos realizados.
  • Enfoque en cumplimiento y buenas prácticas (zonas comunes, accesos restringidos, configuración correcta).

Si tu comunidad ya tiene cámaras, la pregunta no es “si se ve”, sino “si graba de verdad”

Te proponemos 2 opciones:

  1. Revisión técnica / auditoría del CCTV (grabación, histórico, calidad nocturna, caídas, fecha/hora, almacenamiento).
  2. Plan de mantenimiento preventivo para evitar quedarte sin imágenes el día que lo necesitas.

Contacta con nosotros, estaremos encantados de ayudarte.

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