fbpx

Solución integral en obra nueva y rehabilitación de edificios en Alicante: Proyecto de ICT, Instalaciones de telecomunicación, dirección facultativa y certificación final.

¿Por qué trabajar con AliTeleco?

Garantía de Éxito

Te asesoramos desde el inicio de tu proyecto hasta la obtención de la cédula de habitabilidad.

Dirección facultativa gratuita

Al contratar las instalaciones de telecomunicación con AliTeleco

Departamento técnico especializado

 Más de 15 años de experiencia en telecomunicaciones

Empresa homologada por MINETUR

Con nº 12892 para ejecutar y certificar instalaciones tipo A, B y F (según RD 346/2011)

¿Para quíen trabajamos?

Promotoras, constructoras y arquitectos

Organismos públicos

Hoteles y Resorts

Negocios y Oficinas

¿Quieres conocer más sobre Aliteleco?

Más de 15 años de experiencia en instalaciones

Más de 2500 clientes satisfechos

Más de 700 instalaciones en la provincia de Alicante

¿Dónde estamos?

Conoce nuestros últimos proyectos

Distribución de TV+Servicios IP por red FTTH privada
Según RD 346/2011 y visado por el COITT

Proyecto de FTTH con cabecera GPON

Brisas del faro–Olivo de Oro (325 viviendas)

Nueva edificación en C/Maestro Jose Garberí Serrano Según RD 346/2011 y visado por el COITT

Proyecto de ICT para edificio
de 18 vivendas y 4 locales

Hotel Serawa Alicante – 21 habitaciones
Según RD 346/2011 y visado por el COITT

Proyecto de Dotación de servicios para hotel 4 estrellas

Hotel Serawa Moraira – 42 habitaciones
Según RD 346/2011 y adaptado a las características propias del edificio

Proyecto de Dotación de servicios para hotel 4 estrellas

Para residencial de 121v en Gran Alacant
Según RD 346/2011

Subcontratación de Proyecto de ICT

Conoce las opiniones de los clientes que ya han trabajado con nosotros

Fernando Villo
Fernando Villo
Muy buen servicio. Todos los vecinos de mi comunidad han quedado encantados. Jose Luis un crack
Isabel Gutierrez solana
Isabel Gutierrez solana
José Luis es un gran tipo, maravilloso trato y trabajo, antena arreglada.gracias
Alonso Tercero
Alonso Tercero
Muy contento con la instalación y personal muy agradable lo recomiendo
Salvadora Landete Barroso
Salvadora Landete Barroso
Acaban de instalarnos el telefonillo en nuestra comunidad y estamos encantados. José Luis y David, los técnicos, han sido rápidos y eficaces, se nota que saben lo que hacen. Muy profesionales
Nieves Paredes
Nieves Paredes
Muy profesionales. Muchas gracias al técnico José Luis que sabe hacer muy bien su trabajo y es muy agradable. Estoy encantada con la instalación y funciona correctamente. Recomendable.
Jose Manuel Ramos
Jose Manuel Ramos
Instalación perfecta, puntuales y amables. José Luis y David! Volvería a contratar
Yerko Claros
Yerko Claros
David muy rápido y muy eficiente 🤙🤙
Pablo Reolid Pericás
Pablo Reolid Pericás
José Luis, gran técnico. Si tuviese que recurrir a él por cualquier otro problema con mi antena, no lo dudaría. Amable, eficaz y gran profesional.
María Falcó
María Falcó
Servicio muy eficiente y profesional. Gracias a José Luis y David que nos han solucionado el problema de antena y telefonillos super rápido. Muy recomendable.
Aurora
Aurora
Con el cambio de canales HD se fue en casa la señal, aun teniendo smart tv. Vino a mi casa y a la Comunidad el técnico (JOSE LUIS) y lo solucionó rápido; gran profesional, muy cercano y amable. Así da gusto llamar al servicio técnico. Totalmente recomendable.

Preguntas Frecuentes

1. ¿Qué trámites se han de realizar en una obra nueva o rehabilitación de edificio para conseguir la cédula de habitabilidad?

Las telecomunicaciones son una parte fundamental en nueva edificación o rehabilitación de edificios y para conseguir la cédula de habitabilidad se han de seguir los siguientes pasos (en orden cronológico):

  • Diseño, elaboración y verificado del proyecto de ICT (RD 346/2011) en coordinación con el arquitecto.
  •  Presentación del proyecto de ICT en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
  • Entrega del proyecto de ICT en el Ayuntamiento correspondiente para la obtención de la licencia de obra (por parte de la propiedad).
  • Consulta telemática a los operadores de telecomunicación.
  • Elaboración del acta de replanteo, con la respuesta de los operadores de telecomunicación y la firma de la propiedad.
  • Presentación telemática del acta de replanteo y consulta a los operadores en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
  • Ejecución de las instalaciones de telecomunicación (según proyecto técnico) con dirección de obra facultativa y en coordinación con el promotor, constructor, arquitecto, aparejador y otras empresas instaladoras implicadas.
  • Anexos o modificaciones del proyecto original en caso de cambios sustanciales en la obra (sólo si los hubiera).
  • Certificación final de las instalaciones: Boletín y Protocolo de mediciones.
  • Verificado de la certificación final de las instalaciones en el COITT.
  • Presentación telemática de la certificación final de las instalaciones en el registro electrónico del Ministerio de Industria, Energía y Turismo.
  • Entrega de toda la documentación al Ayuntamiento correspondiente (por parte de la propiedad).

¿Necesitas conseguir la cédula de habitabilidad en alguna obra nueva o rehabilitación de edificio en Alicante?

CONTACTA CON NOSOTROS Y TE ASESORAREMOS

2. ¿Qué es un proyecto de ICT?

Un proyecto de ICT (Infraestructura Común de Telecomunicaciones) es una memoria técnica en la que se diseñan todas las instalaciones comunes de telecomunicación en una edificación, tanto la infraestructura como la captación, procesado, amplificación y redes de distribución de los distintos servicios de telecomunicación: TV, Satélite, Telefonía, Portero/Videoportero, CCTV, Cableado estructurado, Wi-Fi, Fibra óptica, Hogar digital, etc.

Todos los proyectos de ICT deben constar de una memoria técnica, cálculos, planos, pliego de condiciones, mediciones, presupuesto, etc y debe cumplir con el (RD 346/2011).

Además, su redacción debe ser realizada por un Ingeniero de Telecomunicación o un Ingeniero Técnico de Telecomunicación y debe estar visado/verificado por el COITT.

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

3. ¿Para qué sirve un proyecto de ICT?

Un proyecto de ICT es necesario para varias cuestiones:

  • Por una parte, para garantizar el acceso de todos los servicios de telecomunicación (actuales y futuros) que debe disponer por ley cualquier construcción acogida al régimen de propiedad horizontal.
  • Por otra parte, para garantizar que todas las señales que intervienen en las distintas instalaciones de telecomunicación lleguen a las tomas finales con los niveles de calidad y potencia dentro de los márgenes que dicta la normativa actual (RD 346/2011).
  • La mayoría de Ayuntamientos exigen la entrega del proyecto de ICT junto al resto de documentación para tramitar la licencia de obras.
  • Un proyecto de ICT también es necesario porque es el documento que necesitan los instaladores de telecomunicación para poder realizar las instalaciones.
  • Mediante un proyecto de ICT los usuarios finales disponen de toda la información relativa a la infraestructura común de telecomunicaciones y de todos los elementos que hay instalados, lo cual facilita muchísimo el mantenimiento de las instalaciones en el futuro.
  • Además, el proyecto de ICT da una idea muy aproximada del coste final que tendrán las instalaciones de telecomunicación en una obra ya que detalla el coste de todos los elementos necesarios en su capítulo de “Presupuesto”.

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

4. ¿Cuándo es obligatoria la elaboración de un proyecto de ICT?

Un proyecto de ICT se debe realizar para toda edificación (nueva o en rehabilitación) que esté acogida al régimen de propiedad horizontal (o que pudiera estarlo en un futuro).

Según el reglamento RD 346/2011 la normativa relativa a infraestructuras comunes de telecomunicaciones se aplicará:

  1. A todos los edificios y conjuntos inmobiliarios en los que exista continuidad en la edificación, de uso residencial o no, y sean o no de nueva construcción, que estén acogidos o deban acogerse al régimen de propiedad horizontal.
  2. A los edificios que, en todo o parte, hayan sido o sean objeto de arrendamiento por plazo superior a un año, salvo los que alberguen una sola vivienda.

En aquellos casos en los que el propietario de la edificación sea único también se deberá realizar un proyecto de ICT ya que la ley contempla que en un futuro la edificación podría ser vendida o heredada en partes individuales y cada parte deberá disponer de acceso a todos los servicios de telecomunicación.

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

5. ¿Dónde y cuándo se debe presentar el proyecto de ICT?

Antes de iniciar las obras, el proyecto de ICT se debe presentar en el Ayuntamiento junto con el proyecto arquitectónico para conseguir la licencia de obras (según el Real Decreto-Ley 1/98 Artículo 3, no se concederá autorización para la construcción o rehabilitación integral de ningún edificio si al correspondiente proyecto arquitectónico no se une el que prevea la instalación de una infraestructura común propia).

Al mismo tiempo, también se deberá presentar en Jefatura provincial de inspección de telecomunicaciones (según el Real Decreto-Ley 279/99 Artículo 8, otro ejemplar del proyecto, acompañado de copia en soporte informático, habrá de presentarse en la Jefatura Provincial de Inspección de Telecomunicaciones que corresponda, a los efectos que se pueda inspeccionar la instalación, cuando la autoridad competente lo considere oportuno).

Además, durante las obras se deberá entregar una copia a la propiedad para que ésta se lo facilite a su instalador de telecomunicaciones y a la comunidad de propietarios cuando ésta se haya constituido (si procede).

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

6. ¿Es obligatoria la dirección facultativa en una obra de ICT?

Según el (RD 346/2011), la contratación de la dirección facultativa en obras ICT es obligatoria:

1. Cuando el Proyecto Técnico de ICT se refiera a la realización de infraestructuras comunes de telecomunicación en edificios o conjunto de edificaciones de más de 20 viviendas (21 o más).
2. Cuando en las infraestructuras comunes de telecomunicación en edificaciones de uso residencial se incluyan elementos activos en la red de distribución.
3. Cuando en las infraestructuras comunes de telecomunicación se incluyan instalaciones de Hogar Digital.
4. Cuando el Proyecto Técnico se refiera a la realización de infraestructuras comunes de telecomunicación en edificios o conjunto de edificaciones de uso no residencial.

En AliTeleco la dirección facultativa se incluye de forma GRATUITA al contratar la ejecución de las instalaciones de telecomunicación.

¿Necesitas ejecutar las instalaciones de telecomunicación en una nueva edificación o rehabilitación de edificio en Alicante?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

7. ¿Quién puede asumir la dirección facultativa en una obra de ICT?

Según el Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de febrero, sobre infraestructuras comunes en los edificios para el acceso a los servicios de telecomunicación, la dirección de obra sólo podrán asumirla profesionales que estén en posesión de un título universitario oficial de ingeniero, ingeniero técnico, máster o grado que tenga competencias sobre la materia en razón del plan de estudios de la respectiva titulación.

Es decir, que la dirección de obra únicamente podrá ser asumida por los ingenieros que pueden firmar proyectos de ICT.

En AliTeleco la dirección facultativa se incluye de forma GRATUITA al contratar la ejecución de las instalaciones de telecomunicación.

¿Necesitas ejecutar las instalaciones de telecomunicación en una nueva edificación o rehabilitación de edificio en Alicante?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

8. ¿Qué responsabilidades tiene el director de obra/facultativo en una obra de ICT?

Según la Orden ITC/1644/2011, de 10 de junio, son obligaciones del director de obra:

a) Resolver las contingencias que se produzcan durante la instalación y consignar éstas en el libro de órdenes y asistencias de la ICT, y comunicar fehacientemente al director de obra de la edificación y a la empresa instaladora de telecomunicación responsable de la ejecución del proyecto, las instrucciones precisas para la correcta interpretación del mismo.

b) Elaborar y suscribir el acta de replanteo, incorporando los resultados del procedimiento de consulta e intercambio de información regulado en el artículo 3 de esta orden.

c) Elaborar y suscribir, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto que vengan exigidas por la marcha de la obra o por otras razones, bien como proyecto técnico modificado o como anexos, para entregarlas al promotor, con las verificaciones que sean preceptivas, siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción del proyecto.

d) Suscribir el certificado de fin de obra, y supervisar los protocolos de pruebas elaborados por la empresa instaladora de telecomunicación encargada de la ejecución que sean de aplicación.

e) Elaborar y entregar a la propiedad el manual de usuario de la instalación.

f) Realizar las visitas necesarias a la obra, dejando constancia de ellas en el libro de órdenes y asistencias de la ICT, cuando exista o, en su defecto, en el libro de órdenes y asistencias de la edificación.

Además, según el artículo 12 del Real Decreto Ley 1/1998, de 27 de febrero, el director de obra responsable de las actuaciones sobre la infraestructura común de telecomunicaciones están obligados a colaborar con la Administración competente en materia de inspección, facilitando el acceso a las instalaciones y cuanta información sobre éstas les sea requerida.

 

9. ¿Quién puede ejecutar y certificar las instalaciones de una ICT?

Para instalar una ICT según reglamento actual (RD 346/2011) se debe contratar a una empresa instaladora que se encuentre inscrita en el Registro de Empresas Instaladoras de Telecomunicación de la Secretaría de Estado de Telecomunicaciones (instalaciones tipo F) y que tengan contratado un seguro de responsabilidad civil que cubra los posibles desperfectos que puedan causar a consecuencia de la instalación.

AliTeleco dispone de un seguro de responsabilidad civil de hasta 600.000€ y está inscrita en el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio con número 12.892 con autorización para ejecutar instalaciones de tipo A, B y F.

Instalaciones tipo A:
-Captación y distribución de señales de radiodifusión sonora y televisión.
-Distribución de señales de telefonía disponible al público, desde el distribuidor del edificio hasta los puntos de conexión de los aparatos.
-Distribución de señales de telecomunicaciones por cable.
-Sistemas de portería electrónica, sistemas de videoportería o sistemas de control de accesos, todos ellos realizados en edificios o conjuntos de edificaciones.

Instalaciones tipo B:
-Centrales telefónicas.
-Sistemas y cableado en redes de voz, datos o ambas.
-Sistemas de telefonía/voz/datos en grandes superficies.
-Sistemas de telecomunicaciones en el dominio público.
-Redes de acceso inalámbrico de ámbito privado y recintos cerrados
-Estaciones VSAT.

Instalaciones tipo F: (ICT2)
-Radiodifusión sonora y televisión.
-Sistemas de portería y videoportería electrónica.
-Sistemas de videovigilancia, control de accesos y equipos técnicos electrónicos de seguridad, excluida la prestación del servicio de conexión a centrales de alarma.
-Redes, equipos y dispositivos para la gestión, control y seguridad que sirvan como soporte a los servicios ligados al Hogar Digital y su integración con las redes de telecomunicación.

¿Necesitas ejecutar las instalaciones de telecomunicación en una obra nueva o rehabilitación de edificio en Alicante?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

10. ¿Qué es la consulta técnica a los operadores?

Durante la construcción o rehabilitación del edificio y antes de que comiencen las instalaciones de ICT se debe realizar una consulta a todos los operadores de telecomunicación para obtener como respuesta los servicios que ofrecen en la zona donde se realiza la obra.

En caso de que el edificio no disponga de todos los servicios incluidos obligatoriamente en el proyecto de ICT, éste se podrá modificar para indicar los servicios que finalmente deberán ser instalados y los que no, reduciendo considerablemente el coste de la obra.

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

11. ¿Qué es el acta de replanteo?

El acta de replanteo es un documento que se ha de presentar obligatoriamente ante Jefatura provincial de inspección de telecomunicaciones (firmado tanto por el ingeniero como por la propiedad), en donde se indica si habrá cambios sustanciales o no sustanciales en el proyecto de ICT por existir diferencias entre lo que está proyectado y lo que se va a instalar finalmente.

Si no hay diferencias el proyecto de ICT no sufrirá cambios. Sin embargo, si existieran diferencias (por ejemplo, porque el proyecto arquitectónico ha cambiado), en función del tipo y del grado de las mismas se deberá realizar un anexo al proyecto (cambios no sustanciales) o un nuevo proyecto de ICT (cambios sustanciales).

Para evitar sobrecostes al tener que realizar anexos o nuevos proyectos de ICT resulta muy conveniente realizar el proyecto de ICT basándose en los planos del proyecto arquitectónico de ejecución (y no en el básico).

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

12. ¿Qué diferencia hay entre un anexo y una modificación de un proyecto de ICT?

Cuando hay diferencias entre lo que se proyecta inicialmente y lo que se instala finalmente en la obra se ha de actualizar el proyecto de ICT indicando las diferencias mediante un anexo o una modificación del proyecto de ICT según si las diferencias representan “cambios sustanciales” o “cambios no sustanciales”.

Cambios sustanciales = Modificación de Proyecto de ICT

El apartado 2 del artículo 6 del reglamento de ICT establece que cuando una edificación en construcción experimente cambios que requieran un proyecto arquitectónico de ejecución modificado/reformado, el promotor deberá solicitar del director de obra o de un proyectista de ICT, la redacción y firma de la modificación correspondiente del proyecto técnico de la ICT.

Igualmente, será necesario realizar un proyecto técnico modificado de la ICT cuando, sin que se haya variado el proyecto de ejecución arquitectónico de la edificación, se produzca alguno de los siguientes cambios:

a) Se contemplen nuevos servicios de telecomunicación, no reflejados en el proyecto técnico, en la ICT proyectada.

b) El aumento o la disminución, en la ICT proyectada, de más del 12% en el número de puntos de acceso a usuarios.

c) En el caso de las infraestructuras destinadas a soportar los servicios de radiodifusión sonora y televisión procedentes de emisiones tanto terrenales como de satélite, cuando la incorporación de nuevos canales radioeléctricos de televisión a la infraestructura, suponga una ocupación superior al 3% del ancho de banda de cualquiera de los cables de la red de distribución.

d) Cuando se modifique el número de recintos de instalaciones de telecomunicación en la ICT proyectada.

Cambios no sustanciales = Anexo al proyecto de ICT

Cuando los cambios en el proyecto modificado de ejecución arquitectónica se refieran solo a la distribución interior de las viviendas o locales de la edificación, sin que varíe el número de los mismos, o cuando se introduzcan cambios de orden técnico diferentes de los contemplados en los párrafos anteriores de este punto, los cambios en el proyecto técnico de la ICT se incorporarán como anexos al mismo.

Evidentemente, la principal diferencia entre un anexo ICT o una modificación del proyecto de ICT radica en el coste que tendrá que asumir el promotor ya que un anexo es un documento sencillo en el que únicamente se incluyen los apartados del proyecto de ICT que han sido afectados mientras que una modificación de un proyecto ICT es un proyecto completamente nuevo en el que deben aparecer todos los apartados del proyecto, planos, cálculos, etc.

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

13. ¿Qué es y para qué sirve verificar un documento en el COITT?

El verificado de un documento en el COITT acredita la identidad del autor del proyecto, su titulación y colegiación y su habilitación para el ejercicio de su actividad, comprobando que el profesional está al corriente de sus obligaciones fiscales (Alta en el IAE y en la Seguridad Social). Asimismo, el visado comprueba la corrección e integridad formal de la documentación del proyecto, así como el cumplimiento de las normativas aplicables. Este proceso controla también el aspecto documental que exigen las normativas.

Así, los visados de los proyectos que firman los ingenieros técnicos de telecomunicación en materia de ICT ofrecen el valor añadido de que se comprueban, se garantizan a los usuarios bajo seguro de responsabilidad y se revisan íntegramente, para asegurar el cumplimiento de lo establecido en el Reglamento de las Infraestructuras Comunes de Telecomunicación. Esta revisión afecta tanto a la estructura y composición del proyecto como a los contenidos del mismo incluyendo: carátula, índice, memoria, pliego de condiciones técnicas, presupuesto, planos, estudio de seguridad y salud etc.

El visado garantiza la calidad del proyecto técnico y la mayor eficiencia en costes a los usuarios, por lo que protege el interés público ya que el visado garantiza el cumplimiento de todas las condiciones citadas. Es el mejor garante para evitar posibles riesgos, fraudes y abusos en el servicio profesional, a través de sus estándares de calidad competitiva, de defensa de mínimos de interés público y de normas deontológicas. Asimismo, el visado facilita la competencia al tener la capacidad, independencia y experiencia demostradas para asesorar a los usuarios sobre prestaciones, calidad y precios.

Por su parte, el Colegio profesional asume la total responsabilidad en lo que se refiere a la verificación de la identidad del autor del proyecto, su titulación y colegiación, la corrección e integridad formal del trabajo, así como el cumplimiento de la normativa vigente. Asimismo, afronta también la posible responsabilidad civil, tanto del Colegio como del colegiado autor del proyecto.

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

14. ¿Qué es el hogar digital?

Un objetivo estratégico de cualquier sociedad avanzada, hoy día, es la construcción de edificaciones con el mayor grado posible de integración medio-ambiental, edificaciones cada día más sostenibles.

El reciente Código Técnico de la Edificación (CTE) incluye una serie de medidas con dos objetivos claros: ahorrar energía y diversificar las fuentes energéticas utilizadas por los edificios.

Se define el “hogar digital” como el lugar donde, mediante la convergencia de infraestructuras, equipamientos y servicios, son atendidas las necesidades de sus habitantes en materia de confort, seguridad, ahorro energético e integración medioambiental, comunicación y acceso a contenidos multimedia, teletrabajo, formación y ocio.

Según los distintos servicios que se quieran incorporar en las viviendas podríamos considerar los siguientes tipos de instalaciones:

Seguridad

  1. Alarmas técnicas de incendio y/o humo
  2. Alarmas técnicas de gas (si existe)
  3. Alarmas técnicas de inundación (zonas húmedas)
  4. Alarmas de Intrusión
  5. Alarma Pánico SOS
  6. Control de accesos: Vídeo – portero
  7. Control de accesos: tarjetas proximidad
  8. Videovigilancia
  9. Teleseguridad: Central Receptora de Alarmas

Control del Entorno

  1. Simulación de presencia
  2. Telemonitorización
  3. Telecontrol
  4. Automatización y control de toldos y persianas
  5. Creación de ambientes
  6. Control de temperatura y climatización
  7. Diagnostico y mantenimiento remoto

Eficiencia Energética

  1. Gestión de dispositivos eléctricos
  2. Gestión de electrodomésticos
  3. Gestión del riego
  4. Gestión del agua
  5. Gestión circuitos eléctricos prioritarios
  6. Monitorización de consumos
  7. Control de consumos
  8. Control de iluminación

Ocio y entretenimiento

  1. Radio difusión Sonora (AM, FM, DAB)
  2. Televisión digital terrestre
  3. Televisión por satélite/cable
  4. Vídeo bajo demanda (VOD)
  5. Distribución multimedia / multiroom
  6. Televisión IP
  7. Música on-line
  8. Juegos on-line.

Comunicaciones

  1. Telefonía Básica
  2. Acceso a Internet con banda ancha
  3. Red de Área Doméstica (Cableado UTP Cát. 6)
  4. Telefonía IP
  5. Videotelefonía

Acceso Interactivo a Contenidos Multimedia

  1. Tele-asistencia básica
  2. Videoconferencia
  3. Tele-trabajo / Tele-educación

¿Necesitas un proyecto de ICT?

PÍDENOS PRESUPUESTO SIN COMPROMISO

 

Cuéntanos como podemos ayudarte. Estaremos encantados de atenderte

966 29 06 51

Horario de oficina:

De lunes a viernes de 9h a 14h

Ir al contenido