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Cuando se trata de la seguridad en comunidades de propietarios, la Videovigilancia CCTV es una herramienta crucial pero su implementación debe seguir estrictamente las regulaciones de la AEPD para proteger la privacidad y los datos personales.

¿Tu comunidad cumple con estas normativas? Aquí te mostramos cómo asegurarlo:

Acuerdo de la Junta de Propietarios: La instalación de cámaras en zonas comunes y piscinas comunitarias debe ser aprobada por la Junta de Propietarios. Este acuerdo debe quedar documentado en las actas de la Junta, detallando características como el número de cámaras y el espacio cubierto por estas.

Registro de Actividades de Tratamiento: Antes de activar las cámaras, se debe elaborar un registro de las actividades de tratamiento. Este es un documento interno fundamental. Para sistemas no extensos, se puede emplear la herramienta FACILITA_RGPD de la AEPD, asegurando así una gestión adecuada y conforme a la ley.

Derecho de Información: Es imperativo instalar carteles en los accesos a zonas videovigiladas, informando de manera visible sobre la existencia de videovigilancia. Estos deben indicar claramente quién es el responsable de la instalación y proporcionar información sobre cómo y dónde ejercer los derechos relativos a la protección de datos.

Instalación Adecuada: Las cámaras deben limitarse a grabar exclusivamente las zonas comunes, evitando captar imágenes de la vía pública o propiedades adyacentes, salvo en casos estrictamente necesarios. Cámaras orientables o con zoom deben contar con máscaras de privacidad para evitar invasiones a la privacidad.

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Monitoreo y Acceso a las Imágenes: El acceso a las imágenes se debe restringir a personal autorizado, evitando que los vecinos tengan acceso a través de canales comunitarios. El sistema de grabación debe ser seguro, con cambio regular de contraseñas y ubicación en un lugar de acceso restringido.

Conservación y Uso de las Imágenes: Las imágenes deben conservarse por un máximo de un mes, a menos que sean necesarias para denunciar delitos o infracciones. Las solicitudes de imágenes por parte de autoridades deben realizarse siguiendo los procedimientos legales.

Al seguir estas pautas, puedes asegurarte de que la instalación de cámaras de videovigilancia en tu comunidad cumple no solo con la normativa de protección de datos personales, sino también con las buenas prácticas recomendadas por la AEPD.

¡Contacta con nosotros y resuelve todas tus dudas!

En Aliteleco, estamos comprometidos con brindarte las mejores soluciones servicios de videovigilancia cctv.

Correo: info@aliteleco.es
Teléfono: +34 966 290 651

Horario de Oficina: Lunes a Viernes de 9:00 a 14:00

Estamos siempre a tu disposición para garantizar que tu instalación CCTV cumple con la Normativa de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).

¡Esperamos tu consulta!

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